MEM aprueba EIA para construcción de oleoducto y línea de diluyente CPF-Andoas en Lote 67
Fecha:Lima, jul. 22 (ANDINA). El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informó hoy que su Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE) aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto para la construcción, operación y mantenimiento de un oleoducto y línea del diluyente CPF-Andoas, para uso propio, ubicado en el Lote 67, presentado por Perenco Perú Petroleum.
Dicho proyecto, cuya inversión asciende a 359 millones de dólares, se realizará desde la central de Facilidades de Procesamiento Cucaray del Lote 67 (CPF), ubicada en el distrito de Napo de la provincia de Maynas, hasta la estación Andoas, Datem del Marañón, en el departamento de Loreto.
La DGAAE indicó que el objetivo del proyecto consiste en la construcción, operación y mantenimiento del oleoducto y la línea de diluyente CPF-Andoas.
El ducto contará con una longitud aproximada de 207 kilómetros entre CPF y Andoas, y tiene como finalidad permitir el transporte de la producción de crudo pesado desde la central de facilidades de procesamiento Curaray del Lote 67.
El EIA indica que la ruta del ducto se extiende 30.2 kilómetros dentro de la Reserva Nacional Pucacuro (área natural protegida por el Estado peruano).
El ducto de transporte de crudo partirá del CPF que estará localizado en la estación de Andoas de Perenco, en donde el crudo será entregado a través de una línea de transferencia a la estación Andoas de Petroperú.
Además se instalará una segunda tubería para transportar el diluyente desde Andoas hasta CPF.
En la estación Andoas de Perenco se requerirá instalar el equipo de medición para transferencia y custodia, sistema de alivio, así como otros equipos auxiliares para el mantenimiento de los ductos como las trampas de recibo y lanzamiento de raspatubos.
Finalmente, señaló que el EIA dispuso remitir al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) una copia de la misma para los fines de fiscalización correspondientes.
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Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=InMSlsxmN9A=

